Artículo 6: Toda persona que solicite para ser Socio Accionista, deberá reunir los siguientes requisitos:
•Primero: Ser mayor de edad o menor de edad que haya contraído matrimonio.
•Segundo: Estar en el pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos.
•Tercero: Que sean personas de reconocida solvencia moral a juicio de la Junta Directiva y
•Cuarto: La solicitud debe ser hecha por escrito, anexando a la misma la documentación que, para la categoría de socio de que se trate, requiera la Junta Directiva. El aspirante debe ser recomendado por dos Socios sean estos: Socios Fundadores, Socios Honoríficos, Socios Accionistas, Socios Corporativos, los cuales deberán firmar la solicitud. Los miembros de la Junta Directiva no le es permitido firmar las solicitudes de socios recomendando a una persona solicitante. Inmediatamente después de ser aceptada la solicitud del aspirante, se hace exigible el pago de la cuota de admisión que adquiere el carácter de no reembolsable. La misma es de RD$300,000 pesos más RD$150 por concepto de compra de una acción.